Cobranzas Abusivas: Cómo Frenar el Acoso Telefónico, Visitas y Afiches ante Indecopi
Por el Dr. Mendoza Méndez, Socio Director del Área de Litigio y Defensa Procesal en Miraflores, Lima.
Es completamente ilegal y pasible de sanciones millonarias de Indecopi. El Código de Protección al Consumidor (Ley N° 29571) prohíbe el uso de métodos coercitivos y denigratorios: llamadas antes de las 8 a.m. o después de las 8 p.m., comunicaciones los domingos o feriados, pegar carteles públicos en fachadas, acosar a familiares o empleadores e insultar al deudor.
La Deuda No Despoja al Ciudadano de Su Dignidad y Derechos Fundamentales
Catálogo de Prácticas de Cobranza Ilegales Sancionadas por Indecopi
- Llamar, enviar mensajes o correos electrónicos los días domingos y feriados, o fuera del horario de 8:00 a.m. a 8:00 p.m.
- Enviar requerimientos de cobro a los centros laborales de los deudores o revelar la condición de morosidad a jefes y compañeros de trabajo.
- Comunicarse con familiares, vecinos o garantes que no figuren formalmente en el contrato crediticio.
- Pegar notificaciones abiertas o afiches de moroso en puertas, fachadas o zonas comunes de edificios residenciales.
- Utilizar calificativos agraviantes como 'estafador', 'delincuente' o 'conchudo', así como simular documentos o sellos judiciales falsos.
La Vía de Acción: Advertencia Legal y Procedimiento Sancionador
Cese Inmediato de Hostigamiento y Retiro de Notificaciones en Fachada
«Una ciudadana en Miraflores fue víctima de cobradores que colocaron avisos visibles en el frontis del edificio donde residía y llamaban repetidamente a su madre de 78 años los días domingos. El Dr. Mendoza Méndez remitió una intimación legal formal apercibiendo con denuncia ante Indecopi y querella por difamación agravada. La agencia de cobranzas retiró todo personal de campo en 24 horas, emitió una disculpa formal y recondujo el diálogo exclusivamente por conducto legal civil.»
Preguntas Frecuentes Sobre Esta Materia
¿Puedo grabar las llamadas de los cobradores para usarlas como prueba?
Sí. En el Perú es legal grabar una conversación en la que uno mismo participa activamente sin necesidad de autorización del interlocutor, y constituye prueba plena ante Indecopi.
¿Ir a prisión por deudas bancarias es posible en el Perú?
No. El artículo 2 inciso 24 de la Constitución Política del Perú consagra de forma absoluta que 'no hay prisión por deudas', con la única excepción de las obligaciones alimentarias impagas.
No Dejes que los Plazos Legales Venzan
Cada día que transcurre sin una estrategia jurídica estructurada permite a la contraparte consolidar embargos o agotar tus plazos de contradicción. Conversa de manera estrictamente confidencial con el Dr. Mendoza Méndez.